¿Cómo dar de alta a una empleada del hogar?

Ya hace unos años que se han establecido una serie de medidas para facilitar el proceso de alta y tratar de formalizar las relaciones entre empleadores y empleados del hogar. Estas medidas tienen como objetivo regularizar el servicio doméstico que se prestan en los hogares para cumplir con la legislación y cumplir con los trámites que se establecen. En este artículo encontrarás toda la información en cuanto a los trámites y toda la información que necesitas.

Alta empleada del hogar


¿Cuáles son los pasos para dar de alta al empleado del hogar?



1. Obtención del Código Cuenta de Cotización

Antes de nada, es necesario obtener el Código Cuenta de Cotización que es probable que también lo veas en algunos documentos como CCC. Básicamente es un número que asigna la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a los empresarios o empresas que son responsables de pagar cuotas a la Seguridad Social. Para solicitar este código tienes que hacerlo mediante el Modelo  TA6-0138 Hogar


2. Trámite ante la Tesorería General de la Seguridad Social:

Una vez obtenido el Código Cuenta de Cotización, hay que acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social, también conocida como TGSS, para dar de alta al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social. Se trata de rellenar uno de los modelos disponibles para efectuar este trámite. Para dar de alta al empleado es necesario rellenar y presentar el Modelo TA 2/S-0138 en el cual se recogen los datos del trabajador y del contrato del trabajo (empleador, empleado, jornada laboral, salario, etcétera).

En este enlace puedes encontrar todos los servicios y modelos relacionados con los trabajadores del hogar, tales como un modelo de nómina, modelo de comunicación de desistimiento de contrato por el empleador con preaviso, modelo de documentación de liquidación y finiquito, etcétera.

Es importante tener en cuenta que si la jornada del trabajador del hogar es inferior a 60 horas / mes es posible que el mismo trabajador se encargue de realizar todos los trámites como son la afiliación, darse de alta, darse de baja y cualquier otro trámite en que se tenga que realizar para comunicar variaciones en los datos de la relación laboral y hacerse cargo de las obligaciones de cotización, siendo éste quien haga el ingreso de la aportación como trabajador y la que corresponde al empleador por contingencias comunes y por contingencias profesionales. En este supuesto, el empleador pierde la posibilidad de acogerse a la bonificación del 20% en la cuota. El trabajador deberá presentar el Modelo T.A.2/T0138.


Trámites alta empleadas y empleados hogar



El contrato de trabajo de la empleada o empleado del hogar

El empleado o empleada del hogar puede ser contratado a través de cualquiera, siempre y cuando concurran los requisitos oportunos, a través de cualquiera de los modelos que propone el Ministerio de Empleo y Economía Social. Esta contratación puede ser a jornada completa o a tiempo parcial, de duración determinada o de duración indefinida (sin concreta una fecha de finalización).

Como en todos los contratos laborales, la contratación lleva aparejada un periodo de prueba en el que el contrato puede resolverse sin necesidad de abonar ninguna indemnización. Este periodo de prueba no puede exceder en ningún caso el plazo de dos meses. Cuanto transcurra el periodo de prueba, el contrato únicamente podrá extinguirse por alguna de las formas que recoge el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar en consonancia con lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores: baja voluntaria del trabajador, desistimiento o despido disciplinario.

En el caso de que se produzca el desistimiento del empresario, deberá comunicar por escrito su decisión al trabajador con una antelación mínima de 20 días y abonará una indemnización o de 7 días si ha trabajado menos de un año. La indemnización será de 12 días de salario por año que haya trabajado, con un máximo de 6 mensualidades.

En el despido, deberá realizarse igualmente la comunicación por escrito y especificar la fecha de efectos y las causas que dan origen a dicha extinción. Si se declarase como improcedente, deberá pagar una indemnización de 20 días por año trabajado.


¿Cuál es el salario que hay que pagar al empleado o empleada del hogar?

El salario es la contraprestación económica que recibe el trabajador por haber prestado sus servicios profesionales. La legislación laboral establece que esta retribución no puede ser inferior a un importe mínimo, el denominado Salario Mínimo Interprofesional o también conocido como SMI. Si se determina por horas el trabajo, el precio mínimo por hora del empleado es de 7,43 euros / hora. Si el el trabajador doméstico presta sus servicios más de 120 días al año, deberá aplicarse como mínimo el SMI, es decir 31,66 euros / día o 950 euros / mes en 14 pagas o 1.108,33 euros / mes si es en 14 pagas.

Aspectos a tener en cuenta a la hora de contratar a alguien como empleado del hogar

  • El Sistema Especial de Empleados del Hogar forma parte del Régimen General de la Seguridad.
  • Al igual que en cualquier otro empleo, la relación laboral necesariamente se formaliza por escrito. La única excepción de esta formalización por escrito se encuentra cuando se prestan tareas de forma esporádica y su duración es inferior a cuatro semanas de forma continuada.
  • El abono de las cotizaciones a la Seguridad Social es obligación de los empleadores, salvo el supuesto en el que se presten menos de 60 horas mensuales por hogar que, de común acuerdo, podrá ser satisfecho directamente por el empleador.
  • El alta debe producirse con anterioridad al inicio de la relación laboral.
  • Es necesario efectuar el alta con independencia del número de horas que se presten y si se prestan para uno o diversos empleadores.

Si estás pensando en contar con los servicios de un empleado o una empleada del hogar y no sabes cómo hacer los trámites o quieres que te asesoremos o resolvamos cualquier duda, puedes contactarnos. ¡Estaremos encantados de ayudarte con nuestra experiencia!

 

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