Darte de alta como autónomo a través de PAE (Punto de Atención al Emprendedor)

Darse de alta como autónomo a través de un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) significa que  los trámites de alta del nuevo emprendedor son gestionados directamente por un PAE, quien mediante el Documento Único Electrónico (DUE) procede con la gestión en los distintos organismos (Hacienda, Seguridad Social, etc.). De igual forma el PAE prestará asesoramiento en las distintas etapas de vida del negocio: previo, inicial y en fase de funcionamiento efectivo; así como otras labores de apoyo empresarial: información sobre subvenciones y ayudas, financiación, etc.

Como punto PAE, en darsedealtacomoautonomo.online podemos efectuar tu alta en 24 h. Si estás interesado rellena el siguiente formulario para empezar los trámites o para que podamos ampliarte la información sobre nuestro servicio:

Ventajas del alta de autónomo a través de un PAE

  • Velocidad: desde la recepción de la información y documentación necesaria en 24 horas se puede cursar el alta.
  • Existe una coherencia de la información facilitada en el trámite puesto que todos los datos salen del mismo documento centralizado.
  • El emprendedor se asegura de la profesionalidad del gestor de sus trámites al tratarse de un Punto de Atención al Emprendedor acreditado.
  • Sin necesidad de desplazamientos: todo el ciclo se realiza online.

 

 

Alta autónomo desde el panel de PAE
Panel de control PAE de alta de autónomo


Información necesaria para el alta mediante PAE

Para efectuar una alta correcta resulta imprescindible facilitar al PAE toda la información necesaria que servirá para rellenar el DUE:

  • Datos personales (nombre, apellidos, dirección, DNI, NIE, etc.)
  • Situación personal (estado civil, y datos del cónyuge con vinculación en el negocio)
  • Descripción detallada de la actividad empresarial o profesional que se va a desarrollar. Cuanto más precisa sea la definición, el PAE podrá escoger con mayor acierto el epígrafe IAE y CNAE, así como los regímenes fiscales.
  • Las características del tipo de cliente al que se ofrecerán los bienes o servicios
    • Particulares (consumidor final)
    • Otras empresas (mayorista, B2B)
    • Ubicación (españoles, europeos no-españoles, otros países). Posible necesidad de alta en el ROI
  • Mutua colaboradora con la Seguridad Social
  • Características del local o locales en el que se desarrolla la actividad
    • Local de desarrollo principal de la actividad
    • Otros posibles locales administrativos, almacenes, etc.
    • Vivienda parcialmente afecta al negocio
Estadísticas de altas de autónomos
Estadísticas de altas de autónomos a través del PAE


Aparición de los Puntos de Atención al Emprendedor
La Unión Europea desde mitad de la década de los 90 lideró múltiples iniciativas dirigidas a la simplificación y mejora del entorno de creación empresarial tales como la creación del Grupo Operativo para la Simplificación del Entorno Empresarial (Business Environment Simplification Task Force, conocido como BEST), la firma de la carta de Feira en favor de las Pymes, etc. que fueron empujando la reacción de los estados miembros. Así, en el caso español la Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa, introdujo los cimientos para la simplificación y facilitación de la constitución y creación empresarial a través de  la concepción de 3 importantísimas herramientas:

  • El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE)
  • La Red de Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) que evolucionó en los actuales Puntos de Atención al Emprendedor.
  • La Sociedad Limitada Nueva Empresa

Posteriormente nuevas leyes y normativas han ido actualizando y evolucionando el entorno de creación empresarial (tanto para autónomos como para sociedades de capital):

De gran trascendencia resultó también la constitución de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas conocida como CORA, y con el objetivo de desarrollar unas administraciones públicas más eficientes reduciendo duplicidades, simplificando burocracia y optimizando los recursos de las administraciones, que son limitados. En lo que concierne a la creación empresarial actuaciones derivadas de CORA han mejorado la eficiencia y la coordinación entre PAE’s y VUE’s (Ventanillas Únicas Empresariales), la centralización de ayudas y subvenciones a pymes y autónomos, entre otras.

E-mail de comunicación entre la Dirección General de Industria y el PAE en relación a una alta


Qué es el Documento Único Electrónico (DUE)?

Es un formulario centralizado que engloba la información necesaria para rellenar de forma automatizada todo el conjunto de documentos de distintos organismos públicos necesarios para tramitar el alta de un autónomo o de una sociedad mercantil. El DUE se conceptualizó por primera vez en la Ley  2/1995,  de  23  de  marzo y se desarrolló normativamente mediante la Orden ECO/1686/2003, de 12 de junio.

El documento único electrónico centraliza los siguientes formularios:

GestiónModelo
Declaración Censal036 y 037
Impuesto sobre Actividades Económicas845 y 846
Declaración Censal de comienzo, modificación o cese de actividad de la Comunidad Autónoma de Canarias400
Solicitud de formalización de la cobertura de riesgos profesionales con entidad gestora de la Seguridad SocialTA. 16
Inscripción del empresario en la Seguridad Social y apertura de cuenta de cotización principalTA. 6
Cuenta de cotizaciónTA. 7
Solicitud de alta, baja y variación de datos del trabajador por cuenta ajena o asimiladaTA. 2/S
Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (cuenta propia)TA. 0825/1
Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (familiar colaborador)TA. 0825/2
Solicitud de afiliación a la Seguridad Social, asignación de número de Seguridad Social y variación de datosTA. 1
Solicitud de alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de AutónomosTA. 0521/1
Solicitud de alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos (familiar colaborador)TA. 0521/2
Solicitud de alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de Autónomos-TRADETA. 0521/3
Convenio para darse de alta como PAE

 

 

 

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